¿Cómo tratar a una persona con discapacidad neuromotora?

Trato digno y respetuoso
Igualdad de oportunidades para obtener empleo productivo y remunerado en el mercado de trabajo.

Un trato digno y respetuoso a las personas con discapacidad comienza en la vida cotidiana. Frecuentemente, por ignorancia, se pueden llevar a cabo actos que resultan discriminatorios, para evitarlos sugerimos algunas medidas que podemos tomar.
Al estar en contacto con una persona con discapacidad física:
  • Ponga a la persona primero, antes que la discapacidad. Ésta no identifica a la persona sino que sólo es una característica, entre muchas otras.
  • Las personas no están limitadas a una silla de ruedas, sino que las usan para aumentar sus Movimientos y mejorar su independencia por sí mismos o por medio de otra persona.
  • Trate a los adultos como adultos. Diríjase a las personas con discapacidad por su nombre, siempre y cuando haya tratado a los demás del mismo modo.
  • Si usted ofrece asistencia y la persona desiste, no insista. Si acepta, pregúntele como ayudar y siga las indicaciones.
  • No asuma lo que una persona pueda o no hacer. Una persona con una discapacidad física sabe perfectamente cuáles son sus propias capacidades, no piense por ellas.
  • No empuje la silla de ruedas de una persona o tome el brazo de alguien que camina con dificultad, sin preguntarle si usted puede ayudar. El espacio personal incluye la silla de ruedas, las muletas u otro aparato auxiliar del movimiento.
  • Nunca mueva las muletas, el andador, el bastón u otro aparato auxiliar de alguien sin su permiso.
  • Cuando hable por más de unos minutos con una persona que usa una silla de ruedas, trate de encontrar un asiento para que así ambos estén al mismo nivel visual.


1.¿Cuáles son los derechos de las personas con discapacidad neuromotora?
Tienen derecho a las mismas oportunidades que los demás ciudadanos y a disfrutar, en términos de igualdad, de mejores condiciones de vida resultantes del desarrollo económico y social. Sus Derechos Humanos son los derechos inherentes a su condición ciudadana.

2. Derecho a la Igualdad: todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos.

3. Derecho al libre desplazamiento: eliminación y adecuación de las barreras físicas con el fin de que este sector de la población tenga acceso a los servicios de salud, educación, trabajo, cultura, etcétera.
Las Normas Uniformes de la ONU para la Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad mencionan que los Estados deben establecer programas de acción para que el entorno físico sea accesible y para adoptar medidas que garanticen el acceso a la información y a la comunicación. Derecho al trabajo: toda persona tiene derecho al trabajo, toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

4. Debe existir tanto en las zonas rurales como en las urbanas igualdad de oportunidades para obtener empleo productivo y remunerado en el mercado de trabajo.

Fuente: anvridnac.org

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