Respeta los espacios para personas con discapacidad


Reporta o Denuncia al 911.

De acuerdo al artículo 270 del reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del estado de Yucatán (1), para hacer uso de los lugares exclusivos de estacionamiento para personas con discapacidad, el vehículo deberá contar con la placa de circulación para personas con discapacidad o con el tarjetón para pasajeros con discapacidad, colocado en los lugares señalados.

Y en caso de infringir este artículo, la persona podría ser acreedor a una multa que va de los 13 a los 15 salarios mínimos, es decir, pagar entre mil 40 pesos y los mil 200 pesos.
#accionvial
Por un #Yucatán incluyente. #AcciónVial

Ocupar el estacionamiento o bloquear rampas para personas con discapacidad... Te costará $,1200 pesos. Si eres testigo DENUNCIA al 911 emergencias.

"Por un Yucatán y todo México libre de discriminación e inclusión y derechos de espacios para todos."
Fuentes: CODHEY | Servicio a la Comunidad | 2018 | Liga http://www.codhey.org/Node/32 

(1) PÁGINA 128 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 21 DE JUNIO DE 2011. Uso de los lugares exclusivos para personas con discapacidad:
Artículo 270.
Para hacer uso de los lugares exclusivos de estacionamiento para personas con discapacidad, el Vehículo deberá contar con la placa de circulación para personas con discapacidad o con el tarjetón para pasajer os con discapacidad, colocados en los lugares señalados en este Reglamento. 

Referencia consultada: http://www.yucatan.gob.mx/docs/pdf/Reglamento_vialidad.pdf

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